¿En qué consiste?
Es la obligación que tiene el Partido Encuentro Solidario Michoacán de informar a los michoacanos de los actos que lleva a cabo como sus resultados, en caso de no realizar dicha rendición de cuentas genera una sanción por el incumplimiento.
Fundamento
Artículo 6 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 29 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículos 2 VI y VII, 23 fracción XI y 25 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo.
Beneficios de la rendición de cuentas
Cuando el Partido Encuentro Solidario Michoacán, rinde cuentas a los habitantes, el beneficio para estos es conocer no sólo las decisiones y las acciones ejercidas, sino también los resultados de estas y en caso de incumplimiento exigir la sanción correspondiente.
El beneficio para el Partido Encuentro Solidario Michoacán, consiste en fortalecer la democracia, al permitir que los ciudadanos puedan tener una participación más activa al poder ayudar o exigir el resultado de las decisiones y acciones ejercitadas.